Impugnación de Paternidad en Chile: El derecho a la verdad biológica
El derecho a la verdad biológica
En No más hijos rehenes Chile, defendemos el derecho de cada persona —adulto o niño— a conocer la verdad sobre su identidad.
🧬 ¿Qué es la impugnación de paternidad?
📜 ¿Qué dice la ley chilena?
El supuesto padre (el hombre que aparece como padre en la partida de nacimiento)
La madre del niño o niña
El hijo o hija (una vez que alcanza la mayoría de edad)
En ciertos casos, el verdadero padre biológico puede intentar el reconocimiento forzado si demuestra su vínculo real
🕐 ¿Cuáles son los plazos para la impugnación de paternidad ?
El supuesto padre
Tiene 1 año desde que tuvo conocimiento del hecho que le hace dudar de su paternidad. Este es uno de los aspectos más delicados, ya que si no actúa dentro de este plazo, pierde su derecho a impugnar.
La Madre
También cuenta con 1 año desde el nacimiento del hijo para impugnar la paternidad del hombre que fue inscrito como padre.
El hijo o hija
Puede impugnar la paternidad una vez que cumpla 18 años, y cuenta con un plazo de 1 año desde que conoce la verdad biológica.
📋 ¿Qué requisitos se necesitan?
Prueba científica
Usualmente se exige un examen de ADN, que demuestre de manera clara que no existe vínculo biológico.
Asesoría legal
El proceso debe realizarse a través de un abogado y presentarse ante el Juzgado de Familia correspondiente.
Respeto al interés superior del niño
El tribunal siempre evaluará cómo esta acción afecta emocional y jurídicamente al menor.